Resolución 3280 de 2018: qué exige y con qué equipo se cumple

La Resolución 3280 de 2018 es la norma que obliga a cada IPS y a cada EPS a prestar un conjunto
concreto de atenciones por edad, y la que reemplazó las normas técnicas de la vieja Resolución 412
de 2000. Se resume en todas partes.
Lo que no se resume en ninguna parte es que el lineamiento trae 37 apartados titulados
«Instrumentos, insumos y dispositivos», uno por cada atención de la ruta, con la lista de
lo que el consultorio debe tener para poder prestarla. Revisamos las siete páginas que hoy rankean
para esta norma: ninguna menciona un solo equipo. Esta guía cubre las dos mitades, qué exige y con
qué se cumple.
Qué adopta la 3280 y a quién obliga
Adopta dos rutas: la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud, que
en el propio texto se abrevia RPMS, y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población
Materno Perinatal.
Obliga a las entidades territoriales, a las EPS, a las entidades obligadas a compensar, a los
prestadores de servicios de salud y a los demás responsables. El segundo inciso del artículo 2
extiende la obligación a los regímenes de excepción y especiales, que es el punto que muchas
entidades de sanidad militar y de magisterio pasan por alto.
Hay un parágrafo del artículo 3 que conviene tener a mano cuando una EPS pone trabas: la
adaptación de las rutas «no puede constituir barrera para el acceso efectivo de tales servicios, por
lo que la prestación de estos debe hacerse sin que medie autorización previa».
En qué va la norma hoy
Vigente, pero con tres modificaciones encima
La 3280 no ha sido derogada. Entró a regir seis meses después de su publicación y derogó las
Resoluciones 412 de 2000, 769 de 2008 y 1973 de 2008. Desde entonces acumula tres modificaciones:
- Resolución 276 de 2019, del 4 de febrero de 2019: modificó el artículo 4 y dejó
quince intervenciones en implementación progresiva, con plazo máximo de tres años contados desde el
1 de enero de 2020. También cambió el cuadro de frecuencias de primera infancia. - Resolución 51 de 2023: modificó el numeral 4.2 del anexo materno perinatal, en
lo relativo a interrupción voluntaria del embarazo. - Resolución 1575 de 2026, del 29 de julio de 2026: vuelve a modificar ese mismo
numeral 4.2 en cumplimiento de la orden duodécima de la Sentencia de Unificación 297 de 2025 de la
Corte Constitucional. Amplía además las acciones que puede realizar el personal de enfermería
cuando acredite la formación y las competencias.
Si consulta el Normograma de la Superintendencia Nacional de Salud, tenga en cuenta que sus notas
de vigencia todavía no incorporan la 1575 de 2026. Es una norma de hace pocos días.
Y dos normas que la complementan sin derogarla
La Resolución 207 de 2024 adoptó los lineamientos del Programa de Tamizaje
Neonatal, y la Resolución 117 de 2026, del 27 de enero, actualizó su anexo técnico:
el país pasó de una prueba metabólica obligatoria a siete, sumando fenilcetonuria, galactosemia,
fibrosis quística, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa y defectos de la
hemoglobina.
Un aviso sobre lo que circula: hay un documento de consulta pública de un nuevo lineamiento de la
RPMS dando vueltas en sitios de terceros. Un proyecto no es una norma. Mientras no se expida y se
publique, lo aplicable es el texto vigente.
Los seis momentos del curso de vida
La RPMS organiza todo por momento vital. Estos son los rangos, tomados de los apartados de
«población sujeto» del propio lineamiento.
| Momento | Edad | Qué se mide en la valoración |
|---|---|---|
| Primera infancia | 8 días a 5 años, 11 meses y 29 días | Peso, talla y perímetro cefálico |
| Infancia | 6 a 11 años, 11 meses y 29 días | Peso y talla, para IMC/edad y talla/edad |
| Adolescencia | 12 a 17 años, 11 meses y 29 días | Peso y talla, para IMC/edad y talla/edad |
| Juventud | 18 a 28 años, 11 meses y 29 días | Peso, talla, IMC y perímetro de cintura |
| Adultez | 29 a 59 años, 11 meses y 29 días | Peso, talla, IMC y perímetro de cintura |
| Vejez | 60 años y más | Peso, talla, IMC, perímetro de cintura, circunferencia muscular del brazo y circunferencia de pantorrilla |
La vejez es el momento con la valoración antropométrica más exigente de toda la ruta, y el que
más consultorios tienen mal dotado: la circunferencia de pantorrilla y la del brazo se toman con
cinta métrica, no con la balanza.
La frecuencia de cada valoración está en los cuadros 1 a 6 del lineamiento, uno por momento, con
columnas por edad y una fila por profesión. Conviene leerlos en el PDF oficial y no en resúmenes de
terceros, porque el cuadro de primera infancia fue modificado por la Resolución 276 de 2019 y
circulan versiones anteriores.
La 3280 remite a la 2465 once veces
Esto es lo que conecta las dos normas y casi nadie lo dice. En once puntos del texto, siempre con
la misma fórmula, el lineamiento manda a otra resolución para clasificar:
«La clasificación nutricional/antropométrica se realizará según lo establecido
en la Resolución 2465 de 2016 o la normatividad vigente que la sustituya.»
O sea: la 3280 dice cuándo hay que valorar y a quién; la 2465 dice cómo se mide
y con qué equipo, con capacidades y precisiones exactas. Si está montando el programa, las dos se
leen juntas. Lo que exige la 2465 renglón por renglón está en nuestra guía de
qué equipos pide
la Resolución 2465 de 2016, con las dos columnas del anexo, la de consultorio fijo y la de
trabajo de campo.
Con qué equipo se cumple cada consulta
El lineamiento no deja esto al criterio de cada quien. Para primera infancia dice, textualmente,
que en la consulta:
«se debe garantizar la presencia de materiales para examen físico pediátrico
(fonendoscopio, equipo de órganos, tensiómetro pediátrico, cinta métrica, pulsoxímetro, optotipos
morfoscópicos o angulares para agudeza visual, báscula y tallímetro…)»
Y para infancia, adolescencia, juventud, adultez y vejez repite la misma lista sin el apellido
pediátrico: «fonendoscopio, equipo de órganos, tensiómetro, cinta métrica, pulsoxímetro, báscula,
tallímetro, optotipos morfoscópicos o angulares para agudeza visual».
| Lo que pide la norma | Dónde está en el catálogo |
|---|---|
| Báscula y tallímetro | Básculas de piso, de columna y tallímetros y estadiómetros. Para vejez con movilidad reducida, básculas de silla y de cama |
| Báscula pesa bebé e infantómetro primera infancia |
Básculas pesa bebé e infantómetros seca 416 y 417 |
| Cinta métrica cefálico, cintura, brazo, pantorrilla |
Cintas métricas: seca 201 y 203 para circunferencias, seca 211 y 212 para perímetro cefálico |
| Tensiómetro, incluido el pediátrico | Tensiómetros Welch Allyn y seca, con brazaletes FlexiPort neonatales y pediátricos, que es lo que hace válida la toma en el niño |
| Fonendoscopio | Fonendoscopios y estetoscopios, con referencias pediátricas Welch Allyn y 3M Littmann |
| Equipo de órganos | Equipos de órganos de los sentidos: oftalmoscopios, otoscopios y sets de diagnóstico Welch Allyn |
| Pulsoxímetro y termómetro | Monitores de signos vitales y termómetros |
| Optotipos para agudeza visual | Aquí seamos claros: en tamizaje visual solo tenemos el Spot Vision Screener. No manejamos optotipos ni tablas de Snellen |
| Tamizaje de glucemia | Control de glucemia: glucómetros, tiras y lancetas |
Cuatro renglones de la ruta no los cubrimos y preferimos decirlo antes de que pierda tiempo
cotizando: tamizaje de cáncer de cuello uterino, tamizaje de cáncer de mama, planificación familiar
y audiometría. Ahí no tenemos portafolio.
La ruta materno perinatal
Para el control prenatal, el lineamiento lista los instrumentos de la valoración nutricional con
una precisión que sorprende:
«Gráfica de valoración de Atalah, tabla de clasificación Atalah, balanza de pie
digital o mecánica y tallímetro, capacidad de dos (2) metros.»
Es la única vez en las 348 páginas que la norma da una especificación técnica de un equipo, y
coincide con lo que pide el anexo de la 2465 para el tallímetro. La clasificación de Atalah cruza el
índice de masa corporal con la edad gestacional, y la explicamos en detalle en la
guía de la
Resolución 2465.
Para la atención del parto y las emergencias obstétricas, el lineamiento remite a monitor de
signos vitales, doppler fetal, bomba de infusión, carro de paro y al kit de emergencia obstétrica,
cuyo contenido itemizado con cantidades está en el anexo 7 de la propia resolución. De ese frente
manejamos monitores fetales
y doppler fetal; el resto del kit es farmacéutico y de dispositivos de infusión.
Lo que la 3280 no resuelve
Una precisión que evita un malentendido caro. La 3280 dice qué atenciones prestar y con qué
materiales, pero la dotación exigible para habilitar el servicio es otra cosa y vive
en el manual de habilitación. El propio lineamiento lo reconoce cuando remite, para el parto, a «los
insumos y dispositivos especificados en la resolución de habilitación».
En la práctica esto significa que cumplir la 3280 en el papel y no tener el servicio habilitado
son dos hallazgos distintos, y que comprar equipo no habilita por sí solo: hacen falta
infraestructura, talento humano, procesos documentados y mantenimiento con hoja de vida. Cualquier
proveedor que le venda «cumplimiento» con una cotización, le está vendiendo mal.
Preguntas frecuentes
¿La Resolución 3280 de 2018 sigue vigente en 2026?
Sí. No ha sido derogada. Está vigente con tres modificaciones: la Resolución 276 de 2019 sobre el
artículo 4 y el cuadro de primera infancia, y las Resoluciones 51 de 2023 y 1575 de 2026 sobre el
numeral 4.2 del anexo materno perinatal.
¿De qué trata la Resolución 3280?
Adopta los lineamientos técnicos y operativos de dos rutas de atención: la de promoción y
mantenimiento de la salud, que ordena las atenciones por momento del curso de vida desde los 8 días
hasta la vejez, y la materno perinatal. Reemplazó las normas técnicas de detección temprana y
protección específica de la Resolución 412 de 2000.
¿Cuáles son los momentos del curso de vida de la 3280?
Seis: primera infancia de 8 días a 5 años 11 meses y 29 días, infancia de 6 a 11 años, adolescencia
de 12 a 17, juventud de 18 a 28, adultez de 29 a 59 y vejez de 60 años en adelante.
¿Qué equipos exige la Resolución 3280?
El lineamiento tiene 37 apartados de «Instrumentos, insumos y dispositivos». Para la consulta de
valoración integral pide fonendoscopio, equipo de órganos, tensiómetro, cinta métrica, pulsoxímetro,
báscula, tallímetro y optotipos para agudeza visual; en primera infancia, el tensiómetro y el
material de examen físico son pediátricos. Para la nutrición de la gestante especifica balanza de
pie y tallímetro con capacidad de dos metros.
¿Qué relación tiene con la Resolución 2465 de 2016?
La 3280 remite a la 2465 en once puntos del texto, siempre con la fórmula «según lo establecido en
la Resolución 2465 de 2016 o la normatividad vigente que la sustituya». La 3280 fija cuándo y a
quién se valora; la 2465, cómo se mide, con qué equipo y contra qué puntos de corte se clasifica.
¿Hasta cuándo había plazo para implementarla?
La Resolución 276 de 2019 dejó quince intervenciones en implementación progresiva con un plazo
máximo de tres años contados desde el 1 de enero de 2020. El resto de intervenciones eran exigibles
desde la entrada en vigencia de la norma.
¿La 3280 es una ley?
No. Es una resolución del Ministerio de Salud y Protección Social, expedida el 2 de agosto de 2018
y publicada en el Diario Oficial 50.674 del 3 de agosto de 2018. Se cita como Resolución 3280 de
2018, no como Ley 3280.
¿Se puede exigir autorización previa para estas atenciones?
No. El parágrafo del artículo 3 dice que la adaptación de las rutas no puede constituir barrera
para el acceso efectivo y que la prestación debe hacerse sin que medie autorización previa.
Cómo lo resolvemos
Allers distribuye el equipo con el que se hace la valoración integral de la ruta: seca en
medición y pesaje y Welch
Allyn en tensiómetros,
fonendoscopios
y equipos de
órganos.
Si está dotando consultorios para la ruta, mándenos qué momentos del curso de vida atiende cada
uno y le devolvemos el faltante por consultorio, no una lista genérica. Y si el punto crítico es la
antropometría, revise primero
lo que exige la
Resolución 2465, que es donde están las capacidades y precisiones que le van a auditar.
Fuentes oficiales
- Resolución 3280 de 2018 — texto oficial con anexos, MinSalud (PDF)
- Resolución 3280 de 2018 — Normograma de la Superintendencia Nacional de Salud
- Resolución 276 de 2019 — modifica el artículo 4 de la 3280 (PDF)
- Resolución 117 de 2026 — amplía el tamizaje neonatal (PDF)
- Resolución 2465 de 2016 — clasificación antropométrica
Esta guía es material informativo elaborado por Allers Group con base en las
fuentes oficiales enlazadas. Las citas entre comillas son textuales del PDF oficial de la Resolución
3280 de 2018. No sustituye la asesoría jurídica ni el concepto de la autoridad sanitaria competente.
Si detecta que algún dato quedó desactualizado, escríbanos: la actualizamos.